martes, 25 de mayo de 2010

Congreso del Peru vera nuevo proyecto sobre libertad de culto

Lima, may. 25, 2010.- La próxima puesta al debate en el Pleno del Congreso de una Ley de Libertad de Cultos, que contemple la igualdad y libertad religiosa, anunció hoy la congresista Mercedes Cabanillas Bustamante (PAP), presidenta de la Comisión de Constitución.

En conferencia en el Congreso

En el acto de inauguración de la Conferencia “El Factor Protestante en el nacimiento de las Nuevas Repúblicas Latinoamericanas”, la congresista recordó que desde 1822, con la instalación del Congreso Constituyente, varios diputados dejaron constancia de su voto favorable a la tolerancia de cultos.

Luego fue el Congreso Constituyente de 1826 el que expresó que “la religión del Perú es católica, apostolica y romana”.

Por ello, anotó, que la actual Carta Magna inicia su texto con una invocación a Dios y que actualmente, después de cerca de 200 años, se continúa discutiendo sobre el tema religioso y que por ello se espera llegar a un consenso para la aprobación del proyecto de ley sobre igualdad y libertad religiosa, y que este tipo de eventos servirá para buscar la unidad y cooperación entre todos para ese efecto.

En la conferencia, realizada en el hemiciclo ‘Raúl Porras Barrenechea’, expusieron Ruth Padilla, secretaria general de Fraternidad Teológica Latinoamericana; y Carlos Mondragón, de la Universidad Autómoma de México, quien manifestó que el protestantismo aparece después de la Colonia y como parte de los colonizadores franceces e ingleses, que fueron los que introdujeron las ideas luteranas comenzando por centroamérica.

Seguidamente, expuso Ruben Amestoy, del Instituo Bílblico de Buenos Aires (Argentina), quien se refirió a la presencia protestante en los movimientos emancipadores. También Pablo Moreno, de la Universidad Bautista de Cali (Colombia) y el peruano Pedro Arana, de la Iglesia Evangélica Presviteriana, quien se refirió al importante papel que cumplió el sector protestante en el combate del terrorismo en nuestra Patria. Recordó que en la Constitución de 1979 se hizo la invocación a Dios.

Finalmente, Jorge Henrique Barros, vicepresidente de Fraternidad Teológica Latinoamericana, clausuró la conferencia con motivo del bicentenario del protestantismo en América Latina.

Andina

martes, 27 de abril de 2010

Estan casi seguros de haber encontrado el Arca de Noé



Los restos del Arca de Noé pudieron ser descubiertos, a los 13.000 pies arriba de una montaña de Turquía, se ha afirmado.




Un grupo de exploradores chinos y turcos evangélicos, dicen que han encontrado restos de madera en el monte Ararat en el este de Turquía. Afirman que data de carbono demuestra que las reliquias son de 4.800 años de edad – en la misma época se decía que el arca estaba a flote.

Yeung Wing-Cheung, desde el Arca de Noé, miembro del equipo de investigación internacional, dijo: “No es 100 por ciento que es el Arca de Noé, pero pensamos que es 99,9 por ciento



Dijo que la estructura contenía varios compartimentos, algunas con vigas de madera, que creen que fueron utilizados para alojamiento de los animales. El grupo de arqueólogos evangélicos descarto que sea uno de los asentamientos humanos establecidos por encima de 11.000 pies en las cercanías, dijo Yeung.



Los funcionarios locales turcos pediran al Gobierno central de Ankara, aplicar para que este sitio sea declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, el sitio puede ser protegido y al mismo tiempo emprender una importante excavación arqueológica.



El relato bíblico dice que Dios decidió inundar la Tierra, después de ver su grado de corrupción. Le dijo a Noé que construyera un arca y llenarla con la pareja de cada especie animal. Después de que las aguas retrocedieron, dice la Biblia, el arca se posó sobre una montaña.



Muchos creen que el Monte Ararat, el punto más alto en la región, es donde el arca y sus habitantes encalló.


El Solitario George

lunes, 29 de marzo de 2010

¿Los Catolicos pueden ser Masones?


Personalmente no sabia la respuesta si un catolico puede ser mason o no, pero indagando en la red encontre este articulo de la Prelatura de Moyobamba - Peru, donde hacen un analisis historico del Derecho Canonico, con el resultado - a la luz del actual derecho canonico - que un catolico no podria ser mason, y que la prohibicion de la Iglesia Catolica sigue en pie, a pesar de que en la legislacion canonica de 1983, se habia quitado de manera taxativa a la masoneria de la lista, pero en una nota aclaratoria del Cadenal Ratzinger (actual Papa) que ostentaba en la fecha la direccion de la "Congregacion Para la Doctrina de la Fe", mantien vigente la prohibicion.

Aqui les dejo el articulo para su analisis.

"A lo largo de su historia la Iglesia católica ha condenado y desaconsejado a sus fieles la pertenencia a asociaciones que se declaraban ateas y contra la religión, o que podían poner en peligro la fe. Entre estas asociaciones se encuentra la masonería. Actualmente, la legislación se rige por el Código de Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, que, en su canon 1374, señala: Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación ha de ser castigado con entredicho.

Esta nueva redacción supone dos novedades respecto al Código de 1917: la pena no es automática y no se menciona expresamente a la masonería como asociación que conspire contra la Iglesia. Previendo posibles confusiones, un día antes de que entrara en vigor la nueva ley eclesiástica del año 1983, fue publicada una declaración firmada por el cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. En ella se señala que el criterio de la Iglesia no ha variado en absoluto con respecto a las anteriores declaraciones, y la nominación expresa de la masonería se había omitido por incluirla junto a otras asociaciones. Se indica, además, que los principios de la masonería siguen siendo incompatibles con la doctrina de la Iglesia, y que los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas no pueden acceder a la Sagrada Comunión.

Don Ricardo de la Cierva afirma, en este sentido, que la Iglesia ha condenado siempre la masonería. En el siglo XVIII los Papas lo hicieron con mucha más fuerza, y en el XIX se mantuvieron. En el Código de Derecho Canónico de 1917 se excomulgaba a los católicos que dieran su nombre a la masonería, y en el de 1983 el canon de la excomunión desaparece, junto con la mención explícita de la masonería, lo que ha podido crear en algunos la falsa opinión de que la Iglesia poco menos que aprueba a la masonería.

Es difícil hallar un tema explica Federico R. Aznar Gil, en su ensayo La pertenencia de los católicos a las agrupaciones masónicas según la legislación canónica actual (1995) sobre el que las autoridades de la Iglesia católica se hayan pronunciado tan reiteradamente como en el de la masonería: desde 1738 a 1980 se conservan no menos de 371 documentos sobre la masonería, a los que hay que añadir las abundantes intervenciones de los dicasterios de la Curia Romana y, a partir sobre todo del Concilio Vaticano II, las no menos numerosas declaraciones de las Conferencias Episcopales y de los obispos de todo el mundo. Todo ello está indicando que nos encontramos ante una cuestión vivamente debatida, fuertemente sentida y cuya discusión no se puede considerar cerrada.

Casi desde su aparición, como explica Fernando José Vaquero, la masonería generó preocupaciones en la Iglesia. Clemente XII, en In eminenti, había condenado a la masonería. Más tarde, León XIII, en su encíclica Humanum genus, de 20 de abril de 1884, la calificaba de organización secreta, enemigo astuto y calculador, negadora de los principios fundamentales de la doctrina de la Iglesia…

En el canon 2335 del Código de Derecho Canónico de 1917 establecía que los que dan su nombre a la secta masónica, o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica.

El delito según Federico R. Aznar Gil consistía en primer lugar en dar el nombre o inscribirse en determinadas asociaciones (…) En segundo lugar, la inscripción se debía realizar en alguna asociación que maquinase contra la Iglesia: se entendía que maquinaba “aquella sociedad que, por su propio fin, ejerce una actividad rebelde y subversiva o las favorece, ya por la propia acción de los miembros, ya por la propagación de la doctrina subversiva; que, de forma oral o por escrito, actúa para destruir la Iglesia, esto es, su doctrina, autoridades en cuanto tales, derechos, o la legítima potestad civil” (…) En tercer lugar, las sociedades penalizadas eran la masonería y otras del mismo género, con lo cual el Código de Derecho Canónico establecía una clara distinción: mientras que el ingreso en la masonería era castigado automáticamente con la pena de excomunión, la pertenencia a otras asociaciones tenía que ser explícitamente declarada como delictiva por la autoridad eclesiástica en cada caso.

Los motivos que argumentaba la Iglesia católica para su condena a la masonería eran fundamentalmente: el carácter secreto de la organización, el juramento que garantizaba ese carácter oculto de sus actividades y los complots perturbadores que la masonería llevaba a cabo en contra de la Iglesia y los legítimos poderes civiles. La pena establecía directamente la excomunión, estableciéndose además una pena especial para los clérigos y los religiosos en el canon 2336, según escribe Federico R. Aznar Gil. También se recordaban las condiciones establecidas para proceder a la absolución de esta excomunión, que consistían en el alejamiento y la separación de la masonería, reparación del escándalo del mejor modo posible, y cumplimiento de la penitencia impuesta.

Las consecuencias de la excomunión incluían, por ejemplo, la privación de la sepultura eclesiástica y de cualquier misa exequial, de ser padrinos de bautismo, de confirmación, de no ser admitidos en el noviciado, y el consejo en este caso a las mujeres de no contraer matrimonio con masones, así como la prohibición al párroco de asistir a las nupcias sin consultar con el Ordinario.

A partir de la celebración del Concilio Vaticano II, un incipiente diálogo entre masones y católicos hizo que la situación comenzara a cambiar. Algunos Episcopados (de Francia, Países Escandinavos, Inglaterra, Brasil o Estados Unidos) empezaron a revisar la actitud ante la masonería; por un lado, revisando desde la Historia los motivos que llevaron a adoptar a la Iglesia su actitud condenatoria, tales como su moral racionalista masónica, el sincretismo, las medidas anticlericales promovidas y defendidas por masones; y, por otro lado, se cuestionó que pudiera entenderse a la masonería como un solo bloque, sin tener en cuenta la escisión entre masonería regular, ortodoxa y tradicional, religiosa y apolítica aparentemente, y la segunda, la irregular, irreligiosa, política, heterodoxa.

Estos motivos y las más o menos constantes peticiones llegadas de varias partes del mundo a Roma, diálogos y debates, hicieron que, entre 1974 y 1983, la Congregación para la Doctrina de la Fe retomase los estudios sobre la masonería y publicase tres documentos que supusieron una nueva interpretación del canon 2335. En este ambiente de cambios, no extraña que el cardenal J. Krol, arzobispo de Filadelfia, preguntase a la Congregación para la Doctrina de la Santa Fe si la excomunión para los católicos que se afiliaban a la masonería seguía estando en vigor. La respuesta a su pregunta la dio la Congregación a través de su Prefecto, en una carta de 19 de julio de 1974. En ella se explica que, durante un amplio examen de la situación, se había hallado una gran divergencia en las opiniones, según los países. La Sede Apostólica no creía oportuno, consecuentemente, elaborar una modificación de la legislación vigente hasta que se promulgara el nuevo Código de Derecho Canónico. Se advertía, sin embargo, en la carta, que existían casos particulares, pero que continuaba la misma pena para aquellos católicos que diesen su nombre a asociaciones que realmente maquinasen contra la Iglesia. Mientras que para los clérigos, religiosos y miembros de institutos seculares la prohibición seguía siendo expresa para su afiliación a cualquiera de las asociaciones masónicas. La novedad en esta carta residía en la admisión, por parte de la Iglesia católica, de que podían existir asociaciones masónicas que no conspiraban en ningún sentido contra la Iglesia católica ni contra la fe de sus miembros.

Las dudas no tardaron en plantearse: ¿cuál era el criterio para verificar si una asociación masónica conspiraba o no contra la Iglesia?; y ¿qué sentido y extensión debía darse a la expresión conspirar contra la Iglesia?

El clima generalizado de acercamiento entre las tesis de algunos católicos y masones fue roto por la declaración del 28 de abril de 1980 de la Conferencia Episcopal Alemana sobre la pertenencia de los católicos a la masonería. Como recoge Federico R. Aznar Gil, la declaración explicaba que, durante los años 1974 y 1980, se habían mantenido numerosos coloquios oficiales entre católicos y masones; que por parte católica se habían examinado los rituales masónicos de los tres primeros grados; y que los obispos católicos habían llegado a la conclusión de que había oposiciones fundamentales e insuperables entre ambas partes: “La masonería decían los obispos alemanes no ha cambiado en su esencia. La pertenencia a la misma cuestiona los fundamentos de la existencia cristiana”. Las principales razones alegadas para ello fueron las siguientes: la cosmología o visión del mundo de los masones no es unitaria, sino relativa, subjetiva, y no se puede armonizar con la fe cristiana; el concepto de verdad es, asimismo, relativista, negando la posibilidad de un conocimiento objetivo de la verdad, lo que no es compatible con el concepto católico; también el concepto de religión es relativista y no coincide con la convicción fundamental del cristianismo, el concepto de Dios, simbolizado a través del “Gran Arquitecto del Universo” es de tipo deístico y no hay ningún conocimiento objetivo de Dios en el sentido del concepto personal del Dios del teísmo, y está transido de relativismo, lo cual mina los fundamentos de la concepción de Dios de los católicos.

El 17 de febrero de 1981, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una declaración en la que afirma de nuevo la excomunión para los católicos que den su nombre a la secta masónica y a otras asociaciones del mismo género, con lo cual, la actitud de la Iglesia permanece invariable, e invariable permanece aún en nuestros días. "

Por Juan García Inza
Prelatura de Moyobamba